jueves, 2 de abril de 2020

FIN IGE

Algunos de sus respuestas con el año. Por ejemplo alguno de ustedes me escribio que el año 2019, POR FAVOR

Bueno lo que tiene que hacer, es verificar cuantos años se manejan en la contabilidad de Gobierno y privada. tiene 15 minutos lo espero en los comentarios NO EN MI CORREO.

22 comentarios:

  1. Esto contara como participación. Sólo 10, que esten medianamente correctos.

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  2. En el código fiscal de la federación nos dice que se resguarda 5 años y en algunos casos 10 años y puede ser mayor si se hubiera disminuido las pérdidas fiscales.
    Ojeda Rodríguez José Alejandro

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    1. Lo que se refiere a el año que utilizará para el calculo de sus rotaciones. Un poco desviada su observación

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  3. en lo que revise se podría considerar la opción del art. 30 del CFF que nos este nos dice que solo debemos conservarla 5 años a partir de la ultima declaración presentada. Por ejemplo la ultima declaración Anual 2009 presentada el 30 de abril 2010, para poder deshacernos de esa documentación serian 5 años a partir de esa fecha.

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  4. En el Código Fiscal de la Federación (CFF) en su Artículo 30 del CFF establece los plazos para la guarda de documentación. El plazo para la guarda de la documentación de la contabilidad es de 5 años contado a partir desde la fecha en que se presentaron o debieron presentarse las declaraciones con ella relacionadas.

    Quintero Ramírez Guadalupe Estefany

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    1. Eso es referente a los documentos fiscales, no a la rotación de sus cuentas

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  5. la contabilidad se puede manejar de 5 o 10 años atras, esto es apartir de la ultima declaracion esto se puede encontra en el consejo fiscal de la federación (CFF) el cual este se argumenta en el articulo 30, el cual hace mencion deberán conservarse durante un plazo de cinco años, contado a partir de la fecha en la que se presentaron o debieron haberse presentado las declaraciones con ellas relacionadas.
    y el articulo 67, El plazo a que se refiere este artículo será de diez años, cuando el contribuyente no haya presentado su solicitud en el Registro Federal de Contribuyentes, no lleve contabilidad o no la conserve durante el plazo que establece este Código.

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  6. La vida del ente se dividirá en periodos uniformes para efecto del registro de las operaciones y de información acerca de las mismas.
    En lo que se refiere a la contabilidad de la Hacienda Pública, el período relativo es de un año calendario.
    mismo que se conforma de 360 dias.

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  7. Se considera la opción del art. 30 del CFF que nos dice que solo debemos conservarla 5 años a partir de la ultima declaración presentada. Por ejemplo la ultima declaración Anual 2009 presentada el 30 de abril 2010, para poder deshacernos de esa documentación serian 5 años a partir de esa fecha.

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  8. En el Código Fiscal de la Federación en el art 30 establece 5 años o hasta 10 años a partir de su ultima declaración.
    orozco villarreal samuel ulises

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  9. Se maneja un plazo de 3 años, 5 y 10 a partir de la última declaración según la CCF

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  10. profesor le dejo el comentario de mi compañera Muñoz Sanchez rosario Anahi , tiene problemas para publicar en el blog , por eso me pidio que lo publicara por ella:
    De acuerdo con el sistema de contabilidad gubernamental y privado oficialmente se toman 360 dias como periodo de un año

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  11. chavez lopez zulema
    es de 5 años contado a partir desde la fecha en que se presentaron o debieron presentarse las declaraciones con ella relacionadas

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  12. Los entes públicos aplicarán la contabilidad gubernamental para facilitar el registro y la
    fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia,
    economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos, la administración de la deuda pública, incluyendo las
    obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado.
    Los entes públicos deberán seguir las mejores prácticas contables nacionales e internacionales en
    apoyo a las tareas de planeación financiera, control de recursos, análisis y fiscalización.
    ALUMNO: Merino López Alfredo

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  13. Espacio de Tiempo en el que deben rendirse y registrarse todos los resultados de la entidad, generalmente es un ejercicio de doce meses (1 año) en el cual deben acumularse los Ingresos y los Gastos, independientemente de la fecha en que se paguen.

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  14. Es de 5 años contado a partir desde la fecha en que se presentaron o debieron presentarse las declaraciones con ella relacionadas.
    Recuperado de: https://contadorcontado.com/2018/09/19/

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  15. el articulo 30 de la CFF
    nos dice que es de los 5 años apartir de la ultima declaración

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